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lunes, 18 de marzo de 2013

LA IDEA DE CHAVEZ


ANOTACIONES PARA SU ESTUDIO
Introducción
I

Hacia finales de los 80 y principios de los 90, palabras como democracia, izquierda, partido, revolución, pueblo, etc. habían perdido su significado más elemental. Aun más, iban desapareciendo poco a poco del vocabulario habitual de las gentes y con esas ausencias, que no fueron sólo semánticas, la esperanza de un cambio real se postergó en dilatados estudios, más nostálgicos que propositivos, sobre la fallida experiencia del socialismo real y el triunfo indiscutible de la derecha a escala planetaria. A nivel global, la despolitización de la vida individual y colectiva constituyó un episodio importante de la posthegemonía liberal creando referencias culturales de impacto masivo fundamentadas no sólo en la propaganda de la ideología capitalista sino en la negación absoluta de cualquier otro modelo político y social. Son los años del fin de la historia, del nihilismo orgánico, de la tristeza colectiva, prósperos años para el resurgimiento de lo que Estanislao Zuleta llama la razón cínica.

Los años 90 fueron prolijos para la restauración del liberalismo, ahora armado de tecnología comunicacional y bélica suficiente como para hacer realidad su utopía totalitaria: un sistema mundial viable de mercado, que constituya un Supra-Estado capaz de sostenerse en términos de legalidad bajo los consensos de la democracia formal. Para entonces la izquierda tradicional no había sido capaz de responder ni política ni culturalmente al modo de vida propagado desde la Guerra Fría, y aplicado secularmente a los mercados del mundo: el renascente esclavista y colonial de las potencias militares y corporativas.

El estado de bienestar para las economías fuertes del norte significó un adormecimiento del movimiento socialista y en especial para  los partidos progresistas que, lejos de elaborar un referente crítico, se fueron acomodando a las reivindicaciones parciales que redundaban en un sospechoso  bienestar inmediato para las clases obreras y medias. Fue Latinoamérica la que tuvo que pagar la factura del lujo y el confort de estos modelos de desarrollo y del adormecimiento de las otroras lumbreras del socialismo. La ruptura, estaba ya dibujado por la historia, si se daba, vendría entonces de este lado del mundo.
II

1989: Venezuela es el segundo país de América donde se aplica el modelo neoliberal —nos antecedía la Chile de Pinochet— y el primero en levantarse de modo espontáneo contra la restauración del capital.

Esto marca, ya se ha dicho de muchas maneras, el desmoronamiento del puntofijismo, pero de ninguna manera propone el surgimiento de una alternativa a la crisis política de la democracia representativa. Los partidos y las fuerzas de izquierda en Venezuela, como en el resto del mundo, se encontraban sin ideas actuales y sin el vigor necesario para encarar los nuevos desafíos que supone una reinvención de sí mismos y de nuevos referentes sociales y políticos. El poder insurgente, la organización, la transformación concreta de la sociedad, si algo requería, era un acto de creación ante el dogmatismo melancólico, el vacío ideológico y la precariedad de lo real.

En este contexto surge un movimiento y un líder cuya singularidad impide una automática clasificación dentro de las corrientes del pensamiento tradicional -de derechas o de izquierdas- y lo postula como una alternativa auténticamente política. Hugo Chávez y los boinas rojas desde el punto de vista conceptual vendrían a inaugurar un proceso dialéctico con nuestra propia historia en la revisita al pensamiento bolivariano, y en general, al ideario y las luchas fundacionales  del siglo XIX y XX venezolano, y en su reatroalimentación con los demás procesos libertarios de otros pueblos, épocas y realidades. Como buen alumno y asiduo visitante de la biblioteca del viejo José Esteban Ruiz Guevara, el pensamiento de Hugo Rafael Chávez Frías se iba a forjar un espíritu apasionado por el saber científico, la búsqueda de la identidad y el arte, que lo vacunaría contra todo dogmatismo, contra todo sistema cerrado e impracticable. Espíritu que lo ha acompañado a lo largo de esta épica fundacional contra el nihilismo mundial y las fuerzas reactivas que reinan desde invisibles tronos. A partir de 1999, con el primer triunfo electoral del presidente Chávez, se inaugura, sin lugar a dudas, una nueva cultura política que ya en sus primeros años innovaría desde el punto de vista teórico y procedimental de cara a la reinvención de un ideario emancipador para el aquí y el ahora.
III

En este compendio de textos se propone una lectura integral de la idea de Chávez, vale decir, una interpretación fuerte sobre los postulados que desde el comienzo se afianzaron en nuestra historia desde una mi-rada actual, multidialéctica y resemantizadora para encontrarse con las corrientes críticas del pensamiento occidental: Marx, Lenin, Gramsci, la Escuela de Frankfurt y los postmarxistas actuales Mészáros, Dusell, etc. EL propósito de estas anotaciones es abrir la discusión sobre el Chavismo como referencia ideológica, como teoría política en sí misma. El lector encontrará los temas frecuentes del discurso de Chávez donde su idea se va cristalizando en alocuciones, diálogo con las masas, entrevistas y programas televisivos o radiales, desde el ejercicio de una oralidad reflexiva se conjuga su idea de la historia, el poder, el hombre, la sociedad, la política, el Estado, la identidad, la economía y, en suma, el pensa-miento revolucionario ante los nuevos desafíos de la historia. Nosotros creemos que, del mismo modo en que Lenin resignificó el marxismo, Hugo Chávez introdujo nuevos elementos edificadores de una idea propia de la revolución y de la nueva sociedad que es, a fin de cuentas, el propósito de nuestras luchas.

 1 El Chavismo como parte de la doctrina política socialista

Una primera aproximación a una definición de chavismo debe ubicarlo con un movimiento en diversos planos: político, cívico-militar, militar-comunitarista, popular y revolucionario, democrático y participativo.

A partir de esas dimensiones, el concepto “Chavismo” ha crecido en los años de Revolución Bolivariana. Según el filósofo Fernando Buen Abad,  tal evolución se ha dado “apurando condiciones para convertirse en justicia social sin exclusiones (…). Se ha convertido hoy en síntesis teórico práctica que conjuga la tesis de la lucha social más profunda en Venezuela (…). Hoy el “Chavismo” es una interpretación dinámica de la tesis de Bolívar, tanto como una lectura social de la doctrina cristiana, como una lectura singular de Marx”. Además, en la maduración del concepto de “Chavismo” predomina la noción de socialismo, que como movimiento político está transformando radicalmente la historia de Venezuela.

La expresión del “Chavismo” la encontramos en varias dimensiones del discurso de Hugo Chávez que nos llevan a la esencia de sus ideas. Son las dimensiones histórica, filosófica, política, táctica y de gobierno.

2 La dimensión histórica

Venezuela antes de 1492 era una sociedad humana, organizada con desarrollo de hombres y mujeres fraternos y solidarios. La llegada de los invasores implicó la instauración del despojo, apropiación y exterminio.

Aparición de la sociedad de clases, de violencia y de expropiación. El pueblo venezolano ve surgir la pobreza como consecuencia del despojo y la agresión.
Se impone una clase por el sometimiento y apropiación-usurpación; se impone por  la fuerza y por el pensamiento ideológico.

Esta visión histórico-historiográfica se empeña en la acción y visión del individuo liberal y deja de lado la participación del colectivo. Chávez obliga a cambiar esa visión y obliga a revisar lo actuado por el colectivo, por el pueblo pobre.

Esta visión analiza lo que es capaz de hacer un hombre  o una mujer en determinadas circunstancias en que le toca vivir. Con Chávez la sociedad se pone en movimiento en busca de respuesta a la crisis que la atenaza.
 Dice Hugo Chávez:

Creo que la historia es producto del ser colectivo de los pueblos. Me gusta  mucho  la historia como ciencia, como referencia de lo que fue para ver lo que es y posiblemente será. Considero que los hombres podemos ubicarnos en un momento determinado, en puestos protagónicos que aceleran, retardan, le dan  un pequeño toque personal (…) pero creo que la historia es producto del ser colectivo de los pueblos.
Creo que la historia es una ciencia con leyes, causas, efectos y que requiere estudiarla con mucha determinación. Estamos ante el reto de escribir la otra historia.  Escribir la historia actual, más allá de la historia oficial. Creo que nuestro movimiento ha tratado de ir a las raíces, de quitarle la telaraña y polvo a una historia que está sepultada. La historia no se divide en compartimientos, en un año se acabó y empezó otra de nuevo. La historia es la historia de todos los días como cuando uno nació. La matemática es filosofía; también el estudio de la historia. Nuestra historia nos obliga. Nuestros libertadores iluminan nuestros pasos por esos caminos de la hermandad, de la justicia y de la libertad. Somos hijos de una historia volcánica.

Los hombres individuales muy poco podemos hacer cuando se trata de la historia. La historia es un arma para la conciencia. Soy un convencido de que en la historia están las claves del presente y las fórmulas para construir un futuro mejor. La historia se va desarrollando, dice una corriente teórica, como una sucesión de situaciones: una tras la otra. Ahora, la historia se puede y se debe planificar; lo que viene hay que planificarlo, hay que preverlo. Antes la historia no nos pertenecía, otros la tramaban y nosotros solo la padecíamos.  Éramos simples peones de un macabro ajedrez dispuesto por el imperio y sus cipayos apátridas. La historia nos llama a la unión y a la lucha. Si el capitalismo se resiste, nosotros estamos obligados a dar la batalla contra él y a abrir los caminos de la salvación de la especie humana. No hay historia militar sin historia política, sin historia económica. Para entender plenamente la historia venezolana, hay que estudiar la historia petrolera venezolana y del mundo. No se puede entender la historia venezolana de los últimos cien años si no se estudia el petróleo. Estamos haciendo historia, estamos escribiendo páginas que no se borrarán más nunca de la historia venezolana, quedarán eternamente selladas en las páginas de nuestra historia. Las luchas se van agudizando, y la historia va tomando su verdadero curso.

RESUMEN DE LA DIMENSIÓN HISTÓRICA

La historia debe ser producto del ser colectivo y no sólo de protagonistas individuales. Debe entenderse como una sola historia, donde el presente está vinculado al pasado, donde no hay historia por partes, sino una sola historia. Es un flujo continuo que debe estudiarse de forma integral para entender qué somos y qué queremos ser, para poder planificar sobre ella

3 La dimensión filosófica

Algunas de las fuentes filosóficas de Hugo Chávez pueden hallarse en: Cristo, el marxismo, el socialismo, el guevarismo, el leninismo, el bolivarianismo, el neomarxismo, el cristianismo, José Martí, el comunitarismo, Antonio Gramsci, Mao Tse-tung y Carlos Mariátegui.

Jesús Gamarra Luna, miembro de la Corriente Bolivariano Guevarista, ha resumido en un escrito, Chavismo: nuevo sistema de pensamiento, una visión del “Chavismo” como cuerpo de ideas. Lo que sigue son conclusiones a las que llega, que ahí tomamos como referencia y anotamos sus conclusiones:

Ha nacido el Chavismo como hilo conductor del proceso revolucionario bolivariano. Es un nuevo sistema de pensamiento filosófico que involucra una concepción política, económica e ideológica que trasciende lo nacional, regional (…). Echa raíces en las naciones excluidas, empobrecidas y reinaugura con ímpetu el espíritu libertario y de justicia. El sistema chavista se fundamenta en la corriente emancipadora de Bolívar. Se fundamenta también en la teoría marxista, vista desde el pueblo cubano que hizo viva la teoría. El pensamiento latinoamericanista que alimentó la corriente revolucionaria dentro de la FANB es libertario y no invasor.
Otras concepciones de Hugo Chávez que se suman: Ejército con sentido de Patria y Nación. Ejército como parte  del estamento popular. Asumir el neomarxismo para reivindicar la participación de nuevos actores sociales en la lucha de clases.

La teología de la liberación.

El socialismo para el desarrollo de las raíces autónomas de los pueblos originarios y los afrodescendientes. Las ideas del Che y de Fidel con relación a la lucha y a la batalla de ideas. La síntesis ideológica a través del planteamiento del Árbol de las Tres Raíces con Bolívar, Rodríguez y Zamora. Los elementos de la organización política de Maneiro y Jorge Rodríguez.

Dice Hugo Chávez:

Las ideas circulan junto con la historia, y las exigencias de los pueblos avanzan.
Sin ideas revolucionarias, no hay revolución.

La idea bolivariana es la ideología primigenia del nacimiento de las repúblicas que nos precedieron. 

Esa idea es acompañada, por supuesto, de otras muchas ideas y planteamientos, pero Bolívar es el eje central de la ideología venezolana y también de muchos pueblos latinoamericanos.

Lo importante no es un hombre, es que la idea revolucionaria prenda en el pueblo, en los jóvenes, en los hombres, en las mujeres, en todo el colectivo. Un hombre no es indispensable.

Esa es la ideología, el eje central, cada quien adórnela con su estilo, cada quién póngale un matiz, pero ese es el eje central del esfuerzo ideológico que mueve al pueblo, porque sabemos que una ideología, para que sea política y más aun, para que sea revolucionaria, debe mover a un pueblo.

La ideología revolucionaria que impulsa esta Revolución Bolivariana no es importada de otras latitudes, no es una ideología extraña a nuestra propia naturaleza, no; nuestra ideología es autóctona; nuestra ideología es criolla como la sabana; nuestra ideología es producto de nuestra propia historia, de nuestro propio barro, de nuestras propias leyendas y de nuestros propios sueños.
La ideología nuestra se alimenta de muchas corrientes. Una de ellas es la corriente zamorana; la otra, la bolivariana; y la otra, la robinsoniana. He allí las tres raíces que inspiran y que alimentan la ideología del proyecto bolivariano de hoy.

Ideología, ideología y más ideología es la superestructura. Una de las bases más fuertes de la superestructura, que cuesta más para ir cambiando las costumbres, el sentido común, es la ideología en todos sus niveles.

Recuerden que cuando hablamos de ideología bolivariana, como ustedes saben -lo venimos pregonando desde hace años-, hablamos del árbol de las tres raíces: la idea bolivariana, la idea robinsoniana y la idea zamorana.

EL PSUV, las milicias, la clase obrera, las juventudes bolivarianas, la Fuerza Armada Bolivariana, la clase campesina, los frentes estudiantiles… ¡Todo debe ser fortalecido al máximo! Y la ideología patria, bolivariana, socialista, que sea el combustible que nos encienda, el cemento que nos cohesione, la poesía que nos enamore.

Venezuela tiene una tradición educativa anclada en el alma de nosotros los adultos. Todos, ricos y pobres, blancos y negros, indios y zambos, recordamos nuestros años escolares, recordamos el sabor de los recreos, recordamos la mano firme que guiaba nuestras primeras letras, la incursión en el mundo del conocimiento, que no es otra cosa que el descubrimiento maravilloso de la verdad, de la confrontación de las ideas.

La estructura ideológica es la más dura, porque es cultural, es educativa. Las estructuras políticas pueden ser cambiadas en un lapso, pero la ideológica requiere un tiempo mayor, largo. Hay un planteamiento que pretende señalar el fin de las ideologías, y que sería llegar a una era a la que llamaríamos tecnotrónica, robótica, donde no hay ideas. No, eso jamás ocurrirá, siempre habrá ideas que motoricen los movimientos, la vida y la voluntad de los pueblos. Cada día hay que estar más organizado, ideas y milicias, ideas y partido, ideas y organización, proyectos, moral, mística revolucionaria, pueblo y ejército, Fuerza Armada y su pueblo. Construyamos lo que haya que construir, hay que darle, buscarle, construirle viabilidad a las ideas, a los proyectos, con objetivos, con metas, los recursos, las estrategias.

Nuestras tareas deben ser la ideología, el debate de todos los días, la batalla de las ideas, la artillería del pensamiento, el trabajo voluntario, la incorporación a la praxis, a la solución de problemas, a la atención de los más débiles, la creación de la sociedad del amor, de una nueva espiritualidad, de una nueva base moral, ética.
RESUMEN DE LA DIMENSIÓN FILOSÓFICA

La filosofía política tiene que estar basada en la emancipación del hombre y la mujer, en tener al ser humano y a los pueblos como centro. De allí el acercamiento con la Teología de la Liberación y con el marxismo y sus intérpretes latinoamericanos y venezolanos, y el estudio constante para dar respuesta a nuestro tiempo.

4 La dimensión política

Rechaza el sistema de dominación partidista. Fortalece la estructura del Estado.
Lucha por alcanzar la unidad interna de todos los venezolanos, en especial del pueblo pobre.
Desarrollo de la conciencia histórica y patria.
Mayor protagonismo y participación popular.
Desarrollo de programas para la economía.
Control del Estado sobre los recursos naturales.
Desarrollo de políticas para el rescate de la educación, salud y seguridad social.
Protección de la comunidad indígena.
Desarrollo político sobre alimentación y soberanía alimentaria. No a los transgénicos.
Política para eliminación de pobreza extrema.
Integración de la Fuerza Armada al proceso de transformación social. Intensificación de las relaciones con América Latina.
Fortalecimiento de la presencia de Venezuela en la OPEP Lanzamiento de la ALBA.
Lanzamiento de la Celac.
Una revisión histórico-política obliga a evaluar el pensamiento de Chávez en relación con:
El movimiento político-militar. La idea Militar Nacionalista.
La idea Gran Nacionalista e Integradora. Agenda Alternativa para Venezuela.
Asamblea Nacional Constituyente.
Movimiento Bolivariano 200, MVR el partido necesario. Democracia protagónica y participativa.
Nuevo partido que trascienda el aparato electoral PSUV, Congreso fundacional y extraordinario.
Unidad Nacional como un proyecto y una corriente histórica. El proyecto del socialismo del siglo XXI.
El desarrollo del Poder Popular y el Poder Comunal. El Socialismo Bolivariano del Siglo XXI.
El nuevo tiempo de Chávez es el tiempo socialista.

Dice Hugo Chávez:

El poder no se toma como un vaso de agua, el poder no se improvisa de la noche a la mañana, el poder, así como las montañas, así como los grandes bosques se va haciendo a mediano y largo plazos. Debe existir un liderazgo colectivo.

Hay que construir un campo amplio de alianzas. Una verdadera ecuación de poder. El modelo socialista nuestro no excluye la propiedad privada (…) incluso quiere dignificarla. Es un sistema mixto que tiende a buscar el equilibrio social, económico, político y, más allá, el equilibrio territorial. El desarrollo armónico del territorio. Hay que ejercer el poder con humildad. El poder es un entramado complicado. Formo parte de una especie de contrapoder para no solo debilitar, desmontar el poder clásico, el poder concentrado en las minorías, el Estado burgués y luego transformar ese entramado en un poder que redistribuya en el pueblo. Fui aprendiendo en la realidad (…) sobre todo después del golpe de abril del año 2002, después de la arremetida imperialista con aquella salvaje acción del sabotaje económico, terrorismo, me di cuenta  que el único camino para nosotros ser libres, para que Venezuela sea libre, independiente, el único estado en el cual el pueblo pueda gozar del beneficio  de la igualdad  y la justicia social es el socialismo.

Hay que saber que no hay pacto posible; lo que sí hay es un debate abierto y una batalla de ideas. El impulso de esta Revolución ya está dado. Es tiempo de avanzar y desarrollar el Poder Comunal, construir el Estado comunal.

La idea de comuna como idea política. Dondequiera que el Gobierno Revolucionario esté dándole vida a un proyecto nuevo de corte socialista, ese proyecto debe incluir el impulso y la conformación de la comuna o las comunas en su alrededor, en su cercanía, en su ámbito. La comuna debe ser el espacio sobre el cual vamos a parir el socialismo. El socialismo, desde donde tiene que surgir es desde las bases, no se decreta esto; hay que crearlo. Es una creación popular, de las masas, de la nación. La comuna es el espacio donde vamos a engendrar y a parir el socialismo desde lo pequeño… Una comuna sin fábrica, sin tierras para la siembra, sin comercio socialista, no es comuna.
La comuna es un nuevo modelo de organización social absolutamente democrático”. Eso tiene que ser una tarea de la comuna: la cultura.
RESUMEN DE LA DIMENSIÓN POLÍTICA

De raíz robinsoniana, bolivariana y zamorana, el ideal político de Chávez propugna la igualdad material y política que se alcanza por vía de la participación popular, cívica y militar,  la emancipación, el ejercicio de la soberanía económica y el socialismo, y que tiene como eje de desarrollo social la comuna. A la vez, es una política antiimperialista e integradora de los pueblos.

5 La dimensión táctica

Una serie de decisiones y posturas asumidas por Hugo Chávez a lo largo de su trayectoria deben verse como movimientos tácticos tendentes a hacer la Revolución.
El ingreso a la Academia Militar. Identificación de la nueva situación militar. Construcción de un movimiento militar nacional.

El Movimiento Militar Bolivariano MBR 200. Alzamiento militar el 4-F, el “por ahora”. Vinculación con militares nacionalista-desarrollistas identificados con Marcos Pérez Jiménez. Conexión con el mundo universitario civil, la agenda alternativa para Venezuela. Conversaciones con PRV, Douglas Bravo y Alí Rodríguez Araque. Acercamiento a movimientos de izquierda, La Caura R, Liga Socia-
lista, Bandera Roja, MAS y el PCV. Conversaciones con Luis Miquilena, Rafael Núñez Tenorio y José Vicente Rangel. Lectura del momento electoral de 1998, el MBR da paso al MVR.

El MVR como plataforma de acumulación adicional y electoral de fuerzas. Intentos para superar el partido maquinaria-electoral por un partido de masas. El movimiento Constituyente. Concentración de poder y diferenciación de otros líderes, lo que coloca a Chávez como único capaz de unir y medir.
Ruptura con el MAS, PPT y Arias Cárdenas. Movimiento a Fuerte Tiuna  en el Golpe de Estado de 2002 / depuración de la FFAA. Manejo del Gobierno y el país durante el paro petrolero. Depuración de Pdvsa. Creación del PSUV - partido de masas.

La organización militar del partido en su accionar electoral. Alianza con movimientos culturales y colectivos. Alianza con Comités de Tierra. Incorporación de todos al trabajo, el pueblo trabajador.
Protagonismo de la mujer en  el Gobierno, protección de la mujer por la Revolución. El cambio hacia un gobierno socialista, el socialismo del siglo XXI. Llamado a conformarse en un único partido de la Revolución. Negociación con PPT y PCV, los cuales desean mantener su identidad. La reforma, una derrota. La ruptura con Podemos y Baduel. Las misiones sociales. Nuevo triunfo electoral. La Enmienda. El avance del Poder Popular. Los consejos comunales, La contraloría social. Giro de la política internacional más fuerte hacia América Latina, La ALBA, Petrocaribe. Consolidación de Relaciones  con El Caribe, Cuba, Argentina, Bolivia, Ecuador, Uruguay, Paraguay, Nicaragua.
Relaciones estratégicas con China, Rusia, Belarús, Irán. Retiro del embajador de EE UU. El Estado comunal, aproximación por etapas y desde distintos espacios geográficos, a través de la construcción de comunas.
RESUMEN DE LA DIMENSIÓN TÁCTICA

En lo político la creación de un movimiento cívico-militar y un partido de masas. En lo social, la creación de misiones, consejos comunales y comunas.  En lo internacional, la creación de alianzas multipolares contra el imperialismo.

6 La dimensión de gobierno

Dice Hugo Chávez:
Sobre el Estado

El Estado es el motor de la nación.
Cada hombre, cada institución, cada pequeño engranaje de la maquinaria del Estado debe palpitar solo y únicamente en función de la justicia para un pueblo, de la igualdad, del trabajo, de la vivienda, de la educación, de la salud, de la libertad, de las ciencias y de las artes; para eso tiene que ser el Estado, si no, sería mejor no tenerlo”. “He allí otro concepto fundamental de la ideología bolivariana en contra del dogma neoliberal: queremos y necesitamos un Estado, suficientemente fuerte, suficientemente capaz, suficientemente moral, suficientemente virtuoso para impulsar la república, para impulsar al pueblo y para impulsar a la nación, asegurando la igualdad, la justicia y el desarrollo del pueblo.

El Estado tiene que estar por encima del mercado; lo político debe ser la caballería. Lo demás viene atrás. El capitalismo invierte los términos, debilita los estados, los subordina a la tecnocracia, etc.
Los modelos de desarrollo dependen en buena medida de la estabilidad política de un país, de la existencia de un Estado eficaz, de un liderazgo claro, de un rumbo bien definido.
El Estado venezolano, los poderes del Estado que se deben a los intereses del pueblo plasmado en la Constitución, son un mandato del pueblo. Si estamos hablando de un Estado de justicia, el Poder Judicial sería la columna vertebral de los poderes del Estado para que sea un Estado de justicia.   

Sobre el Estado socialista

Somos un Estado socialista y liberador de la clase obrera, de las trabajadoras y los trabajadores. No puede haber un solo alcalde socialista, del PSUV, gobernador o gobernadora, alcaldesa, presidente, ministro o alto funcionario, que llegue a un cargo para fortalecer el viejo Estado, la vieja forma de hacer política o a dejar intactas las redes a través de las cuales la burguesía desde hace muchos años se vino asegurando la captura, la expropiación, más bien, de la riqueza nacional para su beneficio”.

Tenemos que acrecentarnos en conciencia revolucionaria y en ejercicio realmente socialista, si queremos que una institución como la Asamblea cumpla, a cabalidad, con el desmontaje del viejo Estado burgués y contribuya a abrirle las puertas al Estado socialista. Se trata de legislar respondiendo a la praxis socialista y obedeciendo al pueblo. Quien no lo entienda, debe elegir otro camino.

La mejor y la más radicalmente democrática de las opciones para derrotar el burocratismo y la corrupción es la construcción de un Estado comunal, que sea capaz de ensayar un esquema institucional alternativo en la misma medida en que se reinventa permanentemente.

Sobre el gobierno y los gobernantes

Yo no tengo glorias, lo que tengo son ganas de ser útil.
Los gobernantes tenemos que dar ejemplo de sacrificio, y si al final tenemos que quedar como Bolívar, que cuando nos vayan a enterrar tengan que buscar cuatro tablas para hacernos una caja, ¡ese debe ser el verdadero gobernante!

Si el gobernante tiene que salir después de que termine su período a buscar un caballo viejo por ahí, porque es lo único que consigue, un Rocinante, y a vivir en un rancho a la orilla del Santo Domingo, ¡ese debe ser el verdadero líder, que dio todo, sin pedir nada a cambio, por su pueblo! Ese es el verdadero liderazgo, eso es lo que hace falta aquí; nos hace falta verdadero liderazgo.
Gobernar no es otra cosa que tomar decisiones que afectan al colectivo. Un gobierno democrático tiene su primer compromiso con el pueblo que lo eligió y, en primer lugar, con los más necesitados de ese pueblo: los pobres, los más pobres, las clases medias.

El Gobierno Bolivariano es solo uno de los cinco dedos de la mano del Estado.
Debemos ser un gobierno real y verdaderamente obrerista, un gobierno de los trabajadoras y trabajadores, en las palabras y en los hechos: no pueden haber prácticas institucionales, gubernamentales, que contradigan nuestra definición obrerista.
El Gobierno socialista tiene un carácter de clase, pero con la salvedad de que la clase media no es enemiga de este proyecto. El enemigo histórico de este proyecto es la burguesía.
El cumplimiento de las promesas del Gobierno es sagrado. La dinámica institucional tiene que encarnar plenamente el cambio de espíritu que el pueblo ha hecho suyo.

Sobre el modo de gestión pública

(El deber ser según el Libro Rojo del PSUV)
Reflexión moral y ética que reconoce la dignidad, integridad y libertad del otro y la otra, mediada por un enfoque comunicacional, cognitivo y afectivo dirigido a la recomposición armoniosa de la subjetividad.

Cultura organizacional como proyecto social estratégico de transformación institucional, orientada a expresar y contribuir a la transformación del Estado. Promover la cohesión interna del colectivo y su unidad de acción complementaria y solidaria como actividad consciente, cognitiva y afectiva.
Promover el debate y el contenido ético de la política como fundamento de la innovación en la gestión pública y social.

Promoción de la formación de talento humano desde un enfoque humanista integral a través de la formación sociopolítica-cultural, científico-tecnológica y profesional. Construcción colectiva a través de la participación en condiciones de igualdad. Aprendizajes colectivos a partir de la complementariedad de saberes, experiencias, vivencias y visiones comunitarias en procesos abiertos, no solamente al interior de la empresa, sino también entre la empresa y las comunidades.
Eficiencia, honestidad, responsabilidad (individual y colectiva) para la elaboración de presupuestos participativos y rendición de cuentas como ejercicio de la controlaría social. Promover acciones a partir del reconocimiento de las diferentes visiones, intereses y demandas particulares.

Procesos de construcción colectiva de indicadores de gestión como juicios de valor ético a través de diversas metodologías. Construir una nueva concepción y ética del servidor social que sustituya la concepción de funcionario público, como base de una nueva cultura organizacional basada en el desarrollo de las potencialidades humanas del servidor social a través del principio de solidaridad y transformación social.
RESUMEN DE LA DIMENSIÓN DE GOBIERNO

El Estado es grande y fuerte, socialista, con visión humanista, solidaria, contrario al Estado liberal que deja en la inacción y en el mercado la suerte de los ciudadanos.  A la vez promueve la participación y la construcción de comunas para alcanzar la eficiencia en su gestión y eliminar el burocratismo y culminar la construcción del Estado comunal.

En este compendio de textos se propone una lectura integral de la idea de Chávez, vale decir, una interpretación fuerte sobre mantizadora para encontrarse con las corrientes críticas del pensamiento occidental: Marx, Lenin, Gramsci, la Escuela de Frankfurt y los postmarxistas actuales Mészáros, Dusell, etc.
EL propósito de estas anotaciones es abrir la discusión sobre el Chavismo como referencia ideológica, como teoría política de Chávez donde su idea se va cristalizando en alocuciones, idea de la historia, el poder, el hombre, la sociedad, la política, el Estado, la identidad, la economía y, en suma, el pensamiento revolucionario ante los nuevos desafíos de la historia, de una idea propia de la revolución y de la nueva sociedad.

jueves, 10 de enero de 2013

TRIUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


(Interpretación Art. 231 CRBV)
RESUMEN:


PONENCIA CONJUNTA
Expediente Nº 12-1358
V
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
La disposición constitucional cuya interpretación es requerida estipula lo siguiente:
Artículo 231: El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”.

La accionante alegó la existencia de una duda interpretativa en torno a si “la formalidad de la Juramentación prevista para el 10 de enero de 2012 [rectius: 2013] constituye o no una formalidad sine qua non para [que] un Presidente Reelecto, continúe ejerciendo sus funciones [y] [a]simismo, solicit[a] se interprete si tal formalidad puede ser suspendida y/o fijada para una fecha posterior”.

En un primer momento, la Sala estima imperioso aclarar que el juramento previsto en la señalada norma no puede ser entendido como una mera formalidad carente de sustrato y, por tanto, prescindible sin mayor consideración. El acto de juramentación, como solemnidad para el ejercicio de las delicadas funciones públicas es una tradición con amplio arraigo en nuestra historia republicana y procura la ratificación, frente a una autoridad constituida y de manera pública, del compromiso de velar por el recto acatamiento de la ley, en el cumplimiento de los deberes de los que ha sido investida una determinada persona.

En el caso del Presidente de la República, ella debe tener lugar ante la Asamblea Nacional, como órgano representativo de las distintas fuerzas sociales que integran al pueblo, el 10 de enero del primer año de su período constitucional. Ahora bien, si por “cualquier motivo sobrevenido”, a tenor de la citada norma, la misma no se produce ante dicho órgano y en la mencionada oportunidad, deberá prestarse el juramento ante el Tribunal Supremo de Justicia, sin señalarse una oportunidad específica para ello. Es decir, a todo evento, el acto de juramentación debe tener lugar, aunque por la fuerza de las circunstancias (“cualquier motivo sobrevenido”) sea efectuado en otras condiciones de modo y lugar.

La separación de las oraciones que conforman el mencionado dispositivo normativo mediante un punto y seguido, apuntalan la interpretación efectuada. La Sala considera indispensable efectuar la acotación referida con el ánimo de dilucidar la duda interpretativa que realmente justifica la presente decisión aclarativa, consciente de que el ánimo de la actora no se restringe meramente a considerar si la juramentación del Presidente es una formalidad prescindible (lo cual ya quedó negado), sino a determinar con certeza los efectos jurídicos de la asistencia o inasistencia al acto de “toma de posesión y juramentación ante la Asamblea Nacional”, el 10 de enero próximo, por parte del Presidente reelecto.

A tales efectos, la interpretación solicitada debe realizarse atendiendo a los principios axiológicos en los cuales descansa el Estado Constitucional venezolano (vid. fallo n° 1309/2001 de la Sala Constitucional). En tal sentido, es imprescindible tomar en consideración el derecho humano a la salud y los principios de justicia, de preservación de la voluntad popular –representada en el proceso comicial del 7 de octubre de 2012- y de continuidad de los Poderes Públicos, que analizará posteriormente esta Sala Constitucional en el cuerpo de este fallo.

Por el momento, conviene referir que tanto en la Carta de 1961, como en la de 1999, el inicio del período constitucional, la toma de posesión y la juramentación del Presidente de la República coinciden en principio, bajo las modalidades previstas en los artículos 186 de la Constitución derogada y 231 de la Constitución vigente.

En este sentido, establecía el artículo 186 de la Constitución de 1961 lo siguiente:
Artículo 186. El candidato electo tomará posesión del cargo de Presidente de la República mediante juramento ante las Cámaras reunidas en sesión conjunta, dentro de los diez primeros días de aquel en que deben instalarse en sus sesiones ordinarias del año en que comience el período constitucional. Si por cualquier circunstancia no pudiere prestar el juramento ante las Cámaras en sesión conjunta, lo hará ante la Corte Suprema de Justicia. Cuando el Presidente electo no tomare posesión dentro del término previsto en este artículo, el Presidente saliente resignará sus poderes ante la persona llamada a suplirlo provisionalmente en caso de falta absoluta, según el artículo siguiente, quién los ejercerá con el carácter de Encargado de la Presidencia de la República hasta que el primero asuma el cargo”.

Ahora bien, en relación con el Presidente saliente (en este caso, reelecto), mientras la Constitución de 1961 no permitía la prórroga del mandato y se ordenaba la resignación (entrega) de éste, de modo que el Presidente saliente fuera suplido en los términos del artículo 187 eiusdem (en principio, por el Presidente del Congreso), en la vigente Constitución de 1999 tal previsión no aparece recogida.

Reiterando lo dispuesto por esta Sala mediante fallos números 457/2001 y 759/2001, debe apreciarse que la derogatoria en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de lo previsto para este caso en los artículos 186 y 187 de la Carta de 1961, impide considerar la posibilidad de que, una vez concluido el mandato presidencial, deba procederse como si se tratara de una falta absoluta, a los efectos de la suplencia provisional que cubriría el Presidente de la Asamblea Nacional, como lo disponían los artículos citados del ordenamiento abrogado. El cambio en la regulación constitucional, así considerado, obedece claramente a una modificación del esquema constitucional que, de forma novedosa, admite la posibilidad de reelección inmediata y sucesiva, vedada en la Carta anterior (artículo 230 constitucional, enmendado en fecha 15 de febrero de 2009 –Enmienda N° 1-).

En este sentido, no habiéndose previsto expresamente como causal de falta absoluta, la culminación del período no puede reputarse como tal, pues el artículo 233 prevé exclusivamente las circunstancias que darían lugar a ella. Por otra parte, la falta de juramentación ante la Asamblea Nacional, el 10 de enero, tampoco produce tal suerte de ausencia, pues la misma norma admite que dicha solemnidad sea efectuada ante este Máximo Tribunal, en una fecha que no puede ser sino posterior a aquella.

Agréguese que en el caso de una autoridad reelecta y, por tanto, relegitimada por la voluntad del soberano, implicaría un contrasentido mayúsculo considerar que, en tal supuesto, existe una indebida prórroga de un mandato en perjuicio del sucesor, pues la persona en la que recae el mandato por fenecer coincide con la persona que habrá de asumir el cargo. Tampoco existe alteración alguna del período constitucional pues el Texto Fundamental señala una oportunidad precisa para su comienzo y fin: el 10 de enero siguiente a las elecciones presidenciales, por una duración de seis años (artículo 230 eiusdem).

Téngase presente la necesidad de preservar la voluntad del pueblo manifestada en un proceso comicial, de manera que resultaría a todas luces fraudulento a la misma considerar que la solemnidad del juramento, en la oportunidad prefijada del 10 de enero y ante la Asamblea Nacional, suponga una especie de falta absoluta que, no sólo no recoge expresamente la Constitución , sino que antagoniza con la libre elección efectuada por el soberano, en franco desconocimiento de los principios de soberanía popular y democracia protagónica y participativa que postulan los artículos 2, 3, 5 y 6 del Texto Fundamental.

A mayor abundamiento, es necesario precisar que el sufragio es una manifestación directa del ejercicio de la soberanía popular (artículo 5 constitucional) por parte de su titular y que es un rasgo característico de la democracia participativa (artículo 6 eiusdem). Al respecto, esta Sala Constitucional en sentencia 1680/2007 expresó que, al ejercerse el sufragio, “entra en juego un valor fundamental de nuestro máximo texto normativo que atañe al altísimo papel que ha sido reconocido a la voluntad popular, como manifestación del ejercicio de la democracia participativa y protagónica, cuyo contenido axiológico se deriva claramente de los artículos 2, 3 y 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contando con vasto desarrollo en el catálogo abierto de derechos políticos, especialmente en las normas contenidas en el Capítulo IV del Título II de nuestra Carta Magna”.

Cualquier pretensión de anular una elección y/o de desproclamar a un funcionario electo por parte de algún poder constituido, al margen de una disposición constitucional expresa y desconociendo “el preponderante rol del cuerpo electoral una vez que ha sido manifestada su voluntad en un proceso comicial”, implicaría subordinar la libre expresión de la voluntad popular a una “técnica operativa, tomando en consideración –además- los traumatismos políticos e institucionales que supone la forzosa desincorporación de un funcionario electo…”, como expresara esta Sala en el fallo citado supra.

De tal manera que, al no evidenciarse del citado artículo 231 y del artículo 233 eiusdem que se trate de una ausencia absoluta, debe concluirse que la eventual inasistencia a la juramentación prevista para el 10 de enero de 2013 no extingue ni anula el nuevo mandato para ejercer la Presidencia de la República, ni invalida el que se venía ejerciendo.

En este punto, conviene referirse al “Principio de Continuidad Administrativa”, como técnica que impide la paralización en la prestación del servicio público. Según la doctrina y práctica administrativa, conforme a dicho principio, la persona designada para el ejercicio de alguna función pública no debe cesar en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, hasta tanto no haya sido designada la correspondiente a sucederle (vid. sentencia n° 1300/2005).

En relación con el señalado principio de continuidad, en el caso que ahora ocupa a la Sala, resultaría inadmisible que ante la existencia de un desfase cronológico entre el inicio del período constitucional (10 de enero de 2013) y la juramentación de un Presidente reelecto, se considere (sin que el texto fundamental así lo paute) que el gobierno (saliente) queda ipso facto inexistente. No es concebible que por el hecho de que no exista una oportuna “juramentación” ante la Asamblea Nacional quede vacío el Poder Ejecutivo y cada uno de sus órganos, menos aún si la propia Constitución admite que tal acto puede ser diferido para una oportunidad ulterior ante este Supremo Tribunal.

En este sentido, se reitera, tal como señaló esta Sala en los antes referidos fallos números 457/2001 y 759/2001, que no debe confundirse “la iniciación del mandato del Presidente con la toma de posesión, términos que es necesario distinguir cabalmente”. Efectivamente, el nuevo periodo constitucional presidencial se inicia el 10 de enero de 2013, pero el constituyente previó la posibilidad de que “cualquier motivo sobrevenido” impida al Presidente la juramentación ante la Asamblea Nacional, para lo cual determina que en tal caso lo haría ante el Tribunal Supremo de Justicia, lo cual necesariamente tiene que ser a posteriori.

Por otra parte, las vacantes absolutas no son automáticas ni deben presumirse. Estas están expresamente contempladas en el artículo 233 constitucional y, al contrario de lo que disponían los artículos 186 y 187 de la Constitución de 1961, la imposibilidad de juramentarse (por motivos sobrevenidos) el 10 de enero de 2013, no está expresamente prevista como causal de falta absoluta.

Nótese, adicionalmente, por si aún quedaran dudas, que en el caso del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, no se trata de un candidato que asume un cargo por vez primera, sino de un Jefe de Estado y de Gobierno que no ha dejado de desempeñar sus funciones y, como tal, seguirá en el ejercicio de las mismas hasta tanto proceda a juramentarse ante el Máximo Tribunal, en el supuesto de que no pudiese acudir al acto pautado para el 10 de enero de 2013 en la sede del Poder Legislativo.

De esta manera, a pesar de que el 10 de enero se inicia un nuevo periodo constitucional, la falta de juramentación en tal fecha no supone la pérdida de la condición del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ni como Presidente en funciones, ni como candidato reelecto, en virtud de existir continuidad en el ejercicio del cargo.
Por la misma razón, conserva su plena vigencia el permiso otorgado por la Asamblea Nacional, por razones de salud, para ausentarse del país por más de cinco (5) días; y no se configura la vacante temporal del mismo al no haber convocado expresamente al Vicepresidente Ejecutivo para que lo supla por imposibilidad o incapacidad de desempeñar sus funciones.

En relación con este punto, es menester señalar que el artículo 156, cardinal 2, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que es competencia del Poder Público Nacional (en cualquiera de sus ramas): “La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional”.

Esta atribución general debe ejercerse en base a los principios de competencia y de legalidad expresamente reconocidos en el artículo 137 eiusdem, que a la letra dice: “Esta Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen”.

            En atención a lo expuesto, debe acotarse que el Presidente de la República es el Jefe del Estado y del Ejecutivo Nacional, “en cuya condición dirige la acción de gobierno” (artículo 226 constitucional). En tal sentido, el Presidente “es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo” (artículo 232 constitucional, encabezamiento).

            En base a las disposiciones citadas, se advierte del texto constitucional, concretamente del artículo 235, que si el Presidente requiere ausentarse del territorio nacional, debe solicitar “autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos”. Ahora bien, este artículo alude exclusivamente a la autorización para salir del territorio nacional, no para declarar formalmente la ausencia temporal en el cargo.

A modo de resumen, la Constitución establece un término para la juramentación ante la Asamblea Nacional, pero no estatuye consecuencia para el caso de que por “motivo sobrevenido” no pueda cumplirse con ella de manera oportuna y, por el contrario, admite expresamente esa posibilidad, señalando que pueda efectuarse la juramentación ante el Tribunal Supremo de Justicia. De allí que no pueda entenderse esta eventual ausencia como una causal de falta absoluta, pues no está prevista expresamente como tal por el artículo 233 eiusdem, ni puede asimilarse al abandono del cargo, al existir una autorización conferida por la Asamblea Nacional para ausentarse del territorio de la República para recibir tratamiento médico, preservando su condición de Jefe de Estado y de Gobierno y descartando, asimismo, la existencia de una falta temporal.

Recapitulando la posición sostenida a lo largo de este fallo, se concluye lo siguiente:
(i)            Hasta la presente fecha, el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías se ha ausentado del territorio nacional, por razones de salud, durante lapsos superiores a “cinco días consecutivos”, con la autorización de la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 235 de la Constitución, la última de las cuales se encuentra plenamente vigente y fue ratificada en sesión de la Asamblea Nacional de fecha 8 de enero de 2013.

(ii)          No debe considerarse que la ausencia del territorio de la República configure automáticamente una falta temporal en los términos del artículo 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin que así lo dispusiere expresamente el Jefe de Estado mediante decreto especialmente redactado para tal fin.

(iii)        A diferencia de lo que disponían los artículos 186 y 187 de la Constitución de 1961, que ordenaban que en caso de existir un desfase entre el inicio del período constitucional y la toma de posesión, el Presidente saliente debía entregar el mandato al Presidente del Congreso y procederse “como si se tratara de una falta absoluta”; la Carta de 1999 eliminó expresamente tal previsión, lo cual impide que el término del mandato pueda ser considerado una falta absoluta (que, por otra parte, tampoco está contemplada en el artículo 233 constitucional como causal y sería absurdo en el caso de un Presidente reelecto y proclamado).

(iv)         A pesar de que el 10 de enero próximo se inicia un nuevo período constitucional, no es necesaria una nueva toma de posesión en relación al Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, en su condición de Presidente reelecto, en virtud de no existir interrupción en el ejercicio del cargo.

(v)           La juramentación del Presidente reelecto puede ser efectuada en una oportunidad posterior al 10 de enero de 2013 ante el Tribunal Supremo de Justicia, de no poder realizarse dicho día ante la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 231 de la Carta Magna. Dicho acto será fijado por el Tribunal Supremo de Justicia, una vez que exista constancia del cese de los motivos sobrevenidos que hayan impedido la juramentación.

(vi)         En atención al principio de continuidad de los Poderes Públicos y al de preservación de la voluntad popular, no es admisible que ante la existencia de un desfase cronológico entre el inicio del período constitucional y la juramentación de un Presidente reelecto, se considere (sin que el texto fundamental así lo paute) que el gobierno queda ipso facto inexistente. En consecuencia, el Poder Ejecutivo (constituido por el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros y demás órganos y funcionarios de la Administración) seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones con fundamento en el principio de la continuidad administrativa.
Queda, en los términos expuestos, resuelta la interpretación constitucional solicitada en esta causa. Así, finalmente, se decide.

DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley:
1.-        Se declara COMPETENTE para conocer la demanda de interpretación constitucional intentada por la ciudadana MARELYS D’ARPINO, identificada supra, acerca del contenido y alcance del artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

2.- ADMITE la demanda incoada y declara la urgencia del presente asunto.

3.- RESUELVE, de conformidad con las consideraciones vertidas en la parte motiva de este fallo, la interpretación solicitada respecto del alcance y contenido del artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en consecuencia, establece lo siguiente:

(i)                 Hasta la presente fecha, el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías se ha ausentado del territorio nacional, por razones de salud, durante lapsos superiores a “cinco días consecutivos”, con la autorización de la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 235 de la Constitución, la última de las cuales se encuentra plenamente vigente y fue ratificada en sesión de la Asamblea Nacional de fecha 8 de enero de 2013.

(ii)          No debe considerarse que la ausencia del territorio de la República configure automáticamente una falta temporal en los términos del artículo 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin que así lo dispusiere expresamente el Jefe de Estado mediante decreto especialmente redactado para tal fin.

(iii)        A diferencia de lo que disponían los artículos 186 y 187 de la Constitución de 1961, que ordenaban que en caso de existir un desfase entre el inicio del período constitucional y la toma de posesión, el Presidente saliente debía entregar el mandato al Presidente del Congreso y procederse “como si se tratara de una falta absoluta”; la Carta de 1999 eliminó expresamente tal previsión, lo cual impide que el término del mandato pueda ser considerado una falta absoluta (que, por otra parte, tampoco está contemplada en el artículo 233 constitucional como causal y sería absurdo en el caso de un Presidente reelecto y proclamado).

(iv)         A pesar de que el 10 de enero próximo se inicia un nuevo período constitucional, no es necesaria una nueva toma de posesión en relación al Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, en su condición de Presidente reelecto, en virtud de no existir interrupción en el ejercicio del cargo.

(v)           La juramentación del Presidente reelecto puede ser efectuada en una oportunidad posterior al 10 de enero de 2013 ante el Tribunal Supremo de Justicia, de no poder realizarse dicho día ante la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 231 de la Carta Magna. Dicho acto será fijado por el Tribunal Supremo de Justicia, una vez que exista constancia del cese de los motivos sobrevenidos que hayan impedido la juramentación.

(vi)         En atención al principio de continuidad de los Poderes Públicos y al de preservación de la voluntad popular, no es admisible que ante la existencia de un desfase cronológico entre el inicio del período constitucional y la juramentación de un Presidente reelecto, se considere (sin que el texto fundamental así lo paute) que el gobierno queda ipso facto inexistente. En consecuencia, el Poder Ejecutivo (constituido por el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros y demás órganos y funcionarios de la Administración) seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones con fundamento en el principio de la continuidad administrativa.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Remítase inmediatamente copia certificada del presente fallo a la Procuradora General de la República y al Presidente de la Asamblea Nacional. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 09 días del mes de enero de dos mil trece (2013). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Presidenta,
Luisa Estella Morales Lamuño

El Vicepresidente,
Francisco Antonio Carrasquero López

Marcos Tulio Dugarte Padrón
Magistrado 

Carmen Zuleta de Merchán
Magistrada
Arcadio Delgado Rosales
Magistrado

Juan José Mendoza Jover
Magistrado 

Gladys María Gutiérrez Alvarado
Magistrada 
El Secretario,

José Leonardo Requena Cabello

Exp. 12-1358
PC